¿Cómo reclamo posesión adversa en NY?
¿Cómo reclamo posesión adversa en NY?

Video: ¿Cómo reclamo posesión adversa en NY?

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Video: Presunciones de la posesión y requisitos que debe cumplir la posesión para poder prescribir. 2024, Mayo
Anonim

Para establecer una afirmar a la propiedad por posesión adversa , el demandante debe probar, inter alia, que posesión de la propiedad era: (1) hostil y bajo un afirmar de derecha; (2) real, (3) abierto y notorio, (4) exclusivo y (5) continuo durante el período requerido (ver Walling v. Przybylo, 7 NUEVA YORK.

De manera similar, uno puede preguntarse, ¿es legal la posesión adversa en el estado de Nueva York?

Un adverso El poseedor debe usar la propiedad públicamente y no ocultar su uso. Ley de Nueva York requiere que la tierra se utilice durante al menos diez años antes de la adverso el poseedor gana el título. Reclamación hostil. los adverso La reclamación o uso de la tierra por parte de los poseedores debe ser incompatible con la reclamación y el uso de la tierra por parte del propietario.

Además, ¿cómo reclamo los derechos de los ocupantes ilegales en Nueva York? Ley § 501, 511, en Nueva York, ocupantes ilegales debe vivir en la propiedad abiertamente y sin permiso del propietario durante un período de al menos 10 años ininterrumpidos para poder afirmar posesión adversa. En Nueva York , un inquilino anterior puede ganar derechos de los ocupantes ilegales solo 30 días después de que finalice el plazo de arrendamiento.

Por lo tanto, ¿cómo presento posesión adversa?

Ocupe la tierra de una manera "hostil".

  • Posee la tierra. Para reclamar adversamente la propiedad, debe tener posesión real.
  • Ocupe la tierra de una manera "abierta y notoria".
  • Poseer la tierra de forma continua y exclusiva.
  • Pagar impuestos sobre la propiedad.
  • Lea la ley de su estado.
  • Realice una búsqueda de título.
  • ¿Cuánto tiempo tienes que conservar la tierra antes de poder reclamarla?

    Suponiendo que se quede en blanco, puede intentar adquirir el sitio mediante "posesión adversa". Esto implica ocupar y usar la tierra, con exclusión de todos los demás, durante un largo período: 12 años si no está registrado, aunque algunas tierras propiedad de la Corona deben estar ocupadas durante al menos 60 años antes de poder reclamar el título.

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